La comercialización de artificios pirotécnicos y fuegos artificiales se encuentra regulada por la Ley Nacional de Armas y Explosivos (Ley 20.429) y su decreto reglamentario 302/83.
Toda la actividad se encuentra fiscalizada por el RENAR (Registro Nacional de Armas), quién además de controlar el perfecto cumplimiento de la ley, emite normas y disposiciones que regulan toda la actividad.
El decreto 302/83 permite la venta de pirotecnia en negocios y establece pautas distintas para su almacenamiento según la categoría (venta mayorista o venta minorista).
Más información en el sitio oficial del RENAR